El pasado jueves 19 de julio de 2012 con motivo de la novena sección publica ordinaria del Consejo Deliberante de Zarate, se llevo a cabo un hecho que quizás haya pasado desapercibido en la comunidad, ese mismo día fue sancionada una ordenanza por la cual se realiza una importante modificación en el sistema tributario local, que afecta la Ordenanza Fiscal Impositiva 4006 del 29 de diciembre del 2011, justamente esta Ordenanza contenía un avance significativo, la eliminación del techo de pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, y esto tiene que ver con la equidad tributaria la cual se encuentra consagrada en la constitución y es llamado principio general de justicia.
La situación de que un tributo tenga un tope de pago es una situación anómala, en algunos casos se encuentran contemplados en leyes de promoción, denominandose “Gasto Tributario”, e implica renunciar a ingresos legítimamente determinados en virtud de un objetivo superior, un beneficio explicito a la persona física o jurídica, un ejemplo de ello es la radicación de una industria o la promoción de una actividad productiva.
Repasemos un poco los principios de la tributación, por los cuales se consagra los derechos constituciones de igualdad para iguales, todo tributo debe respetar legalidad, igualdad, Generalidad, proporcionalidad, y Equidad. ¿Que significan estos conceptos?
Legalidad: todo tributo debe ser creado por ley; Igualdad: Tributos iguales para situaciones iguales; Generalidad: Los tributos deben abarcar las distintas formas de exteriorizar la capacidad contributiva; Proporcionalidad: Los Tributos deben estar de acuerdo con la capacidad contributiva; Equidad: También llamado principio de justicia. Sintetiza a todos los demás principios tributarios.
En la reforma que se llevo a cabo en el año 2011, con la eliminación del techo contributivo, se consiguió un efecto directo en las cuentas publicas, ya que permitieron aumentar los ingresos legítimos a los cuales el estado no debe renunciar por derecho propio, y por otro lado, garantizaba el ajuste a pleno derecho de toda la tributación por un sistema justo.
Sin embargo, a partir de esta nueva modificación que se le aplico a la ordenanza 4006 el dia 19 de Julio, volvimos a un estado de injusticia, resultando un privilegio inadmisible para aquellos que se ven beneficiados por este sistema discriminativo, aplicado justamente a quien mayor capacidad contributiva tiene.
Veamos las causas expresadas para tal cambio por el concejal Garcia Otero, quien decia en la citada la sesión “desde este bloque no nos vamos a poner, y nos vamos a parar sobre una posición en defensa de los intereses de una multinacional y en este caso en particular de Toyota.”
En otro pasaje en mismo concejal dice “ … si no me equivoco Toyota debía aportar por la liberación de la tasa 21 a 23 millones de pesos a la comunicad,……, nosotros en nuestro presupuesto teníamos 21 millones señores concejales, y eso va mas allá de lo que la empresa ha puesto de manifiesto, entonces, la realidad marca en que en algunos momentos es necesario tomar definiciones políticas….. donde claramente es una empresa la que llega a ese techo, es un interés que no deja de ser un interés fuerte con muchísima capacidad de lobby” quizás aquí es donde debemos preguntarnos, ¿de quien esta defendiendo los intereses entonces el concejal, si solo una empresa que debía pagar entre 21 y 23 millones le colocan un techo de pago para que pague menos?….
En otro pasaje con referencia a la empresa Toyota decía el concejal Otero “…. Estamos en una situación donde ellos plantean que no pueden pagar las tasas, y hubieran judicializado la situación….” según estos dichos, al 19 de julio la empresa no estaba en condiciones de pagar las tasas, pero el día 1 de agosto, la empresa Toyota anuncia que aumentara este año (2012) 33% la fabricación de pick up en su planta de Zarate (diario la voz, tapa y Pagina 2), es bueno aclarar que la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene es un porcentaje de la facturación bruta, ninguna empresa aumenta su producción si no prevé vender mas, a mayor ventas mayor capacidad contributiva, en esto consiste en concepto de progresividad y equidad… pagan mas quienes mas venden, pagan menos quien menos venden…..
Para ir finalizando con la defensa que hizo el concejal García Otero sobre la modificación de la ordenanza fiscal impositiva, colocando un techo de pago de la tasa de seguridad e higiene decía, “ Esto no ha sido causa de la multinacional, o de la empresa, ha sido causa y consecuencia de una política de estado municipal que se ha sentado con las empresas y se ha sentado en función del interés publico”, esto difiere bastante con los dichos en donde se manifiesta no solo que la empresa no podía pagar o no quería pagar, sino con la capacidad de lobby que ejerce la empresa sobre el gobierno municipal y que el propio concejal admite.
Aquí debemos preguntarnos, ¿la política del estado municipal en lo referente a las cargas tributarias las fijan las empresas con las cuales se sientan?, ¿La política de estado municipal es compensar a las empresas con quitas de tasas en función de el interés de las mismas y su capacidad de lobby?, el propio concejal reconoce que la única empresa que se vera privilegiada por esta medida es la empresa Toyota, ¿Que es lo que pensaran el resto de las empresas radicadas en zarate respecto a esto?
Saquemos una cuenta simple, si el municipio tenia previsto que la empresa pague 21 millones de pesos, y coloco un tope de 15.5 millones, esto representa solo el 73% de lo que debería haber tributado Toyota, si 23 días después la empresa anuncia que aumentara en un 33% su producción (recordemos que la empresa dijo que no podía pagar), no esta mal suponer que toda la comunidad de zarate, a través de la política tributaria municipal aporta a la expansión de la producción poco mas del 26% del total que deberíamos haber percibido, significando esto una módica suma de 5.500.000 millones de pesos.
A partir de lo anterior, la pregunta es: ¿Esto es justo?, ¿Lesiona las cuentas Públicas?, ¿Se podría haber evitado?, ¿Hay solo responsabilidad política?
La respuesta a la primera de ellas es que “NO”, como vimos al comienzo del artículo, un tributo para ser justo, debe cumplir ciertos principios, si una empresa se ve excluida por estos principios, la discriminación es hacia todas las demás que no se ven alcanzadas por esa quita, si la empresa Toyota tributa 26% menos de lo que estaba previsto, justo seria que las demás empresas lo hagan en un mismo porcentaje, así se cumpliría con la igualdad, generalidad, proporcionalidad y equidad de toda carga pública.
¿Esto lesiona las cuentas publicas?, ¡Por supuesto que Si!, si tenemos previsionado un aporte de 21 millones y cobramos 5,5 millones menos, el estado pierde ingresos previstos, estos ingresos bien puede ser afectados a (salud, educación, infraestructura, seguridad, etc…)
¿Se podría haber evitado? ¡Por supuesto que Si!, ninguna empresa se puede ver exenta de tener problemas financieros aun si su facturación es creciente, y por lo tanto se le dificulte hacer frente a las cargas fiscales, en estos casos la legislación tributaria prevé instrumentos como el “diferimiento”, ya sea total o parcial, sin que ello implique que el erario público se vea afectado en sus balances. Incluso parte de los tributos se podrían abonar en especias como se ha hecho en tiempos de crisis en la Nación y en la Provincia de Buenos Aires, pagándose los mismos en títulos públicos o bonos, y porque no pensar que seria beneficioso el cobrarlos en acciones de la empresa Toyota Motor que buena cotización tienen en la bolsa de New York, de esta forma, si el municipio tiene que percibir menos ingresos por parte de la empresa, que ese esfuerzo sea como participe societario, hay ejemplos como YPF, Techint, Telecom Argentina, Siderar, Mirgor, ect…. En todo caso si el estado tiene que acompañar a la empresa que lo haga como socio y no como pato de la boda.
Por ultimo podemos afirmar que no hay solo responsabilidad política, en primer termino vimos que es un hecho injusto, que no guarda los principios de la tributación y que lesiona las cuentas públicas, la preservación de los recursos y su correcta administración, preservar ingresos públicos son parte de las responsabilidades de los funcionarios, todo lo contrapuesto a ello no es mas que un mal desempeño.
Para terminar veamos parte de la ordenanza sancionada recientemente en donde dice “que es intención del departamento ejecutivo colaborar en el crecimiento industrial de nuestra localidad, fomentando la localización y el desarrollo de empresas dentro del partido de Zarate”, como ha quedado claro, el beneficio que se otorgó es para una empresa ya instalada, no se fomenta la localización, su crecimiento no esta condicionado a la tributación de una tasa, sino al desenvolvimiento del mercado y el negocio particular de la empresa Toyota, esta justificación como las demás expresadas por el gobierno municipal mas que un acto de justicia, es una acto de Torpeza.